ORDENANZA Nº 30/2.014.-

05.12.2014 11:39

ORDENANZA Nº 30/2.014.-

Requisitos para construcciones nuevas o ampliación de las existentes.-

 

VISTO:

La necesidad de establecer condiciones y/o requisitos para la aprobación de planos que se presenten en la Comuna de Suardi, por obras nuevas y/o ampliación de las existentes; y

 

CONSIDERANDO:

Que, la Comuna de Suardi debe llevar a cabo las medidas y acciones tendientes a lograr un adecuado y controlado crecimiento de las construcciones y edificaciones que se lleven a cabo en el distrito de Suardi.-

Que, todo ello redundará en beneficios para toda la población y en una mejor prestación de los servicios esenciales.-

 

POR ELLO LA COMISIÓN COMUNAL DE SUARDI  DICTA Y SANCIONA LA PRESENTE:

ORDENANZA

Artículo 1º) Aplicación y alcance: Las disposiciones de la presente Ordenanza se aplicarán a todo tipo de obra que se realice dentro de la jurisdicción del pueblo de Suardi, se trate de obra de construcción nueva o ampliación de obras existentes.-

Artículo 2º) Permiso de edificación: El propietario y/o responsable de la construcción deberá solicitar el permiso de edificación, dejando constancia del tipo de obra a ejecutar, acompañando para ello los planos correspondientes, los que deberán estar firmados por el/los comitentes y el/los profesionales intervinientes. Dicho permiso será otorgado una vez aproados los planos por parte de la Comuna y abonado el derecho de edificación.-

Artículo 3º) Presentación de planos: Los planos que se presenten para su aprobación, se deberán presentar en tres juegos, de los cuales se devolverá una copia aprobada al comitente. Los mismos deberán contener, en escala 1:100 o 1:50, lo siguiente:

a) planta/s general/les: indicando cotas, ejes medianeros, línea comunal, línea de ochava (si el lote es esquina), espesores de muros, salientes, aleros, nombre de los locales conforme a su destino, niveles con respecto al nivel de vereda y las medidas del lote.-

b) cortes: como mínimo dos secciones y de forma tal que resulten suficientemente explicativos.-

c) fachadas: las que sean visibles desde la vía pública.-

d) planta de techos: se harán constar pendiente, vacíos de patios, tanques, chimeneas, conductos y parapetos.-

e) planta/s de estructura.-

f) planta/s de superficies (cubiertas y semicubiertas).-

g) planta/s de instalaciones cloacales, pluviales, agua fría y caliente, gas y electricidad.-

h) carátula: estará ubicada en el ángulo inferior derecho del plano, de medidas sugeridas de 185 mm de ancho por 297 mm de alto. La misma contendrá la nomenclatura catastral, nombre del propietario, nombre y número de calle, localidad, balance de superficie cubierta y semicubierta, croquis de ubicación y superficie de terreno, firma y domicilio del comitente y profesional/es intervinientes en el proyecto y conducción técnica, e indicación de si se trata de un plano de construcción, ampliación o regularización.-

Artículo 4º) Derecho de edificación: Para el otorgamiento del mismo el propietario y/o responsable de la construcción, deberá abonar la suma de pesos que se determine en la Ordenanza Tributaria correspondiente y/o las que la modifiquen, por metro cuadrado de superficie cubierta y semicubierta del proyecto presentado y de acuerdo al tipo de obra.-

Artículo 5º) Plazos y observaciones: Para el otorgamiento del permiso de edificación, la comuna se expedirá en un lapso no mayor de 10 días hábiles. Cuando se formularan observaciones en relación a la documentación presentada, las mismas deberán ser cumplimentadas por los interesados, y una vez reingresada la documentación la Comuna deberá expedirse en un plano no mayor de cinco (5) días hábiles.-

Artículo 6º) Registro de firmas de los profesionales: Créase en el ámbito de la Comuna de Suardi, el Registro de firmas de los profesionales que actúen en la localidad de Suardi como proyectistas, directores y/o conductores de obras. En dicho registro los referidos profesionales deberán registrar su firma, con la expresa indicación de nombre y apellido, domicilio, título habilitante, número de matrícula del Colegio y/o Consejo profesional que corresponda de la provincia de Santa Fe.-

Artículo 7º) Regístrese, Publíquese, Comuníquese y Archívese.-

 

Suardi, 04 de Diciembre de 2.013.-

                               José A. Vallosio                           Hugo A. Boscarol

                             Sec. Administrativo                      Presidente Comunal