ORDENANZA Nº 28/2.014

13.11.2014 09:33

ORDENANZA Nº 28/2.014.-

Suscripción convenio específico

Programa de esfuerzo compartido para el mejoramiento barrial.-

 

VISTO:

El Convenio específico celebrado en el marco del programa de esfuerzo compartido para el mejoramiento barrial, y;

 

CONSIDERANDO:

Que, el convenio referido fue suscripto entre la Comuna de Suardi, la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo y la Secretaría de Habitad, a los 16 días del mes de septiembre del año 2.014.-

Que, el objeto del mismo es la ejecución de la obra de pavimento urbano de hormigón sobre las calles: Estanislao López entre Luchinelli y Almirante Brown; Luchinelli entre Santiago del Estero y Estanislao López; y Santiago del Estero entre Garigliano y Piscina, todo conforme al proyecto y presupuesto elaborado por la Comuna de Suardi que como Anexo I forma parte del convenio suscripto.-

Que, la Secretaría de Habitad de la provincia de Santa Fe entregará para la ejecución del proyecto, de acuerdo al cálculo elaborado y aprobado por la Comuna de Suardi, la suma de pesos un millón trescientos cuarenta y seis mil setecientos treinta y siete con noventa centavos ($1.346.737,90.-), los que serán girados en un esquema de anticipo financiero y luego mediante pagos contra certificación de avance de obra.-

Que, la Comuna de Suardi debe garantizar el cumplimiento del convenio suscripto por medio de garantía de coparticipación.-

Que, todo ello fue objeto de tratamiento en la sesión ordinaria de la Comisión Comunal de fecha 11 de noviembre de 2.014, que quedara contenida en el Acta Nº 25/2.014.-

 

POR TODO ELLO LA COMISION COMUNAL DE SUARDI SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA:

Artículo 1º) Ratifíquese y apruébese todo lo actuado por el Presidente Comunal Don Hugo Antonio Boscarol en el marco del Programa de Esfuerzo compartido para el mejoramiento barrial, dependiente de la Secretaría de Habitad de la provincia de Santa Fe, para la ejecución de la obra de pavimento urbano de hormigón sobre las siguientes calles: Estanislao López entre Luchinelli y Almirante Brown; Luchinelli entre Santiago del Estero y Estanislao López; y Santiago del Estero entre Garigliano y Piscina.-

Artículo 2º) Autorícese la afectación de los fondos de coparticipación provincial y los aportes que eventualmente le correspondiera a esta Comuna de Suardi, como garantía de la ejecución de la obra de pavimento urbano de hormigón en la forma y condiciones que surgen del convenio suscripto.-

Artículo 3º) Regístrese, Publíquese, Comuníquese y Archívese.-

 

Suardi, 12 de Noviembre de 2.014.-

                               José A. Vallosio                           Hugo A. Boscarol

                             Sec. Administrativo                      Presidente Comunal