ORDENANZA Nº 14/2.015.-

15.04.2015 08:04

ORDENANZA Nº 14/2.015.-

Declaración como Patrimonio Cultural Material Templo San Cayetano de Suardi.-

VISTO:

            La necesidad de resaltar la trascendencia cultural que tiene para Suardi y su región el Templo San Cayetano, y;

CONSIDERANDO:

Que, el templo San Cayetano es parte fundamental del casco urbano encontrándose frente a la plaza San Martín.-

Que, el mismo fue donado por Luís Ripamonti en homenaje a su padre don Cayetano Ripamonti, simbolizando el poder espiritual de la comunidad suardense.-

Que, su construcción se inició el 13 de junio de 1.936 bajo el proyecto y dirección del ingeniero Alulla Baldasarini, el cuál se basó en los planos de la iglesia de Mangnet, Italia, que habían sido adquiridos por don Luis Ripamonti.-

Que, la ejecución demandó varios años, siendo inaugurado el 24 de marzo de 1957.-

Que, el interior de la iglesia está organizado en tres naves, de bóvedas de medio cañón interrumpidas por arcos y sostenidas por columnas cilíndricas de base cuadrada; en el crucero se levanta una gran cúpula de 21 metros de altura. En la parte inferior, en los cuatros triángulos que conforman la unión de las bóvedas de la nave central y crucero, el artista Fernando Cantalamessa, pintó cuatro Tondos representando a los evangelistas y además en la bóveda de la nave central, graficó guardas y estampados.-

Que, la segunda etapa de la pintura del templo la realizó el pintor y escultor Raimondo Cateruccia. En la parte inferior pintó diez frescos, cinco de ellos reflejan pasajes de la vida de Santa Catalina, San Luís Gonzaga, San Francisco de Asís, San Antonio y San Francisco Javier.-

Que, siguiendo el estilo románico del templo, el artista pintó en la parte inferior del Presbiterio figuras de ángeles y, como fondo del Cristo, realizó un sol en oro. 
El Altar mayor y los laterales fueron tallados por Cateruccia y laminados en oro 18 y 24 kilates.-

Que, maravillosos y artesanales vitrales cubren los vanos del ábside mayor y los de la nave transversal, representando a San Pedro, San Pablo, los Profetas Mayores y los Cuatro Reyes de Israel, los que producen en el interior del templo una sensación extraordinaria de irrealidad y crea una atmósfera propicia para la contemplación religiosa al ser atravesados por los rayos del sol.-

Que, como en la mayoría de los templos románicos, esta magnífica obra se completa con una cripta subterránea, la que se transformó en una gruta dedicada a Nuestra Señora de Lourdes.-

Que, con el paso del tiempo y las sucesivas refacciones que se llevaron a cabo tanto en su parte exterior como interior, se logra combinar el pasado y el presente, y con sutilezas y aciertos se consiguió refrescar la memoria de muchos, volviendo el Templo San Cayetano a ser el símbolo que representa al pueblo de Suardi y sus colonias.-

Que, el Templo San Cayetano de Suardi conforma una imagen simbólica que es parte inseparable de la identidad e idiosincrasia del pueblo de Suardi y sus Colonias y conserva una larga e interesante historia que se relaciona con los primeros habitantes, con los fundadores de Suardi.-

Que, por ello resulta imprescindible ponerle su rúbrica denominándolo Patrimonio Cultural material del pueblo de Suardi y sus Colonias  a los efectos de su protección y conservación.-

POR TODO ELLO LA COMISION COMUNAL DE SUARDI SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA:

Artículo 1º) Declárese Patrimonio Cultural Material del pueblo de Suardi y sus Colonias al Templo San Cayetano ubicado en la intersección de las calles 25 de Mayo y Ripamonti de Suardi, departamento San Cristóbal, provincia de Santa Fe, inmueble identificado bajo la partida de impuesto inmobiliario Nº 07-26-00-045188/0000, dominio Tº 49, Fº 267, Número 21/06/1.924.-

Artículo 2º) Remítase copia al Ministerio de Innovación y Cultura de la provincia de Santa Fe, a los efectos que pudiere corresponder.-

Artículo 3º) Regístrese, Publíquese, Comuníquese y Archívese.-

Suardi, 14 de Abril de 2.015.-

                              José A. Vallosio                           Hugo A. Boscarol

                             Sec. Administrativo                      Presidente Comunal