ORDENANZA N° 39/2.015

17.11.2015 23:59

ORDENANZA N° 39/2.015.-

Modificación sentido de circulación e instalación

Reductores de velocidad.-

VISTO:

La necesidad de mejor el tránsito en nuestra localidad en el marco de las facultadas conferidas por la Ley Orgánica de Comunas de la Provincia de Santa Fe, y;

CONSIDERANDO:

            Que, las calles Juan Garigliano, Senofonte Luchinelli y Antonio Cavallo tienen doble sentido de circulación sumado al estacionamiento en ambas manos.-

Que, ello produce constantes situaciones que dificultan la normal circulación vehicular.-

Que, los vecinos frentistas de esas arterias, particularmente los de la calle Juan Garigliano que viven frente al Club Sportivo Suardi, han requerido la revisión de lo establecido solicitando además el estacionamiento en una sola mano.-

Que, fijando un solo sentido de circulación y una sola mano para el estacionamiento además de darle fluidez al tránsito, se pretende brindar mayor seguridad a los vecinos del lugar y a quienes circunstancialmente transitan por esas calles y concurran al S.U.M. del Club Sportivo Suardi.-

Que, en la calle Juan Garigliano entre las calles Dr. Fernández y Bv. San Martín existen puertas de acceso al Club Sportivo Suardi para quienes concurren al mismo, situación que se ve incrementada en la época de verano con la colonia de vacaciones del club.-

Que, esa situación hace necesario la instalación de reductores de velocidad a fin de brindar seguridad en el tránsito de dicho sector.-

 

Que, el fin perseguido con todas estas medidas es lograr seguridad, orden y fluidez en el tránsito tendiendo al máximo aprovechamiento de las vías de circulación.-

Que, todo ello fue objeto de tratamiento y debate en la sesión ordinaria de la Comisión Comunal de fecha 16/11/2.015 que quedara contenida en el Acta Nº 47/2.015.-

 

POR TODO ELLO LA COMISIÓN DE LA COMUNA DE SUARDI SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA:

Artículo 1°) Establézcase a partir del día 21 de Diciembre del año 2.015 para la calle Juan Garigliano y Antonio Cavallo en todo su trayecto, como único sentido de circulación de vehículos el de Sur a Norte y el estacionamiento únicamente en la mano derecha de su sentido de circulación.-

Artículo 2º) Establézcase a partir del día 21 de Diciembre del año 2.015 para la calle Antonio Cavallo en todo su trayecto, como único sentido de circulación de vehículos el de Norte a Sur y el estacionamiento únicamente en la mano derecha de su sentido de circulación.-

Artículo 3º) Dispóngase a partir del 21 de diciembre de 2.015 la construcción e instalación de dos reductores de velocidad “loma de burro” sobre la calle Juan Garigliano, uno a la altura del Nº 476 y el otro a la altura del Nº 556.-

Artículo 4º) Dispóngase lo pertinente y conducente a fin de dar la debida publicidad sobre la modificación del sentido de circulación de las calle Juan Garigliano, Senofonte Luchinelli y Antonio Cavallo y sobre la instalación de los reductores de velocidad “lomas de burro” sobre la calle Juan Garigliano, a fin de evitar inconvenientes con los usuarios de la vía pública.-

Artículo 5º) Establézcase que la modalidad y características de construcción e instalación de los reductores de velocidad “lomas de burro” que por la presente se disponen, serán determinadas por personal idóneo de la Comuna de Suardi.-

Artículo 6º) Regístrese, Publíquese, Comuníquese y Archívese.-

 

Suardi, 17 de Noviembre de 2.015.-

 

       Javier A. Barolo                                                               Hugo A. Boscarol   

Sec. Administrativo Ad-hoc                                                    Presidente Comunal